Derechos de imagen, normativa para asociaciones sin ánimo de lucro.
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Si disponen de asesoría esta podrá realizar los contratos de cesión de derechos de imagen. Si no la tienen o no hacen ese tipo de contratos, pueden contactar con un letrado que examine el tema.
Disponemos de abogados colaboradores en Madrid que le realizarán una gestión excelente.
Un Cordial Saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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buenos días,
la pregunta que nos realizas es en relación a la protección de datos y derechos de imagen, y además si hablamos de menores existe una normativa mucho más estricta.
Puedes ponerte en contacto con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.
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