Despido sin carta de despido

hola hoy me han despedido sin carta me dijieron que el 2 de enero me llamaban para firmarla que tengo que hacer me quedaba un mes de contrato pendiente me corresponde el paro gracias

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CW Abogados

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Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos

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El despido verbal es válido y si quieres interponer una papeleta de conciliación por el despido para tratar de que se declare improcedente debes tomar como referencia a efectos de plazo el día siguiente tras la baja en la Seguridad Social.

Si finalmente te van a dar una carta firma como no conforme añadiendo la fecha.

El mes de contrato pendiente no tienes derecho a que se te abone y por un despido tienes derecho a paro, siempre y cuando tengas el periodo mínimo exigido de cotización.

Atentamente, Carlos Winter Cabrera, Abogado Laboralista (636790194)

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Procure ponerse en contacto con un sindicato o abogado laboralista a fin de que le asesore desde ahora, a fin de que los pasos que deba dar, los realice con toda la información necesaria para darlos correctamente y obtener los salarios e indemnizaciones que legalmente le correspondan. Al ser despedido entiendo que si le corresponderá paro, en función de los tiempos cotizados, pero mejor consulte sus circunstancias con un abogado, Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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