Despido en excedencia y causas..

Pedí una excedencia voluntaria en diciembre, en la cual la empresa me dio la baja en la s.s
Se acaba este mes de julio, por lo que pido la reincorporación y la respuesta de la empresa es el despido.
Voy con la carta que ellos me envían la cual no es ni original al SEPE, donde me dicen que no puedo cobrar nada por qué sigo de excedencia voluntaria. Llamo a la empresa y me dicen que tengo que darme de baja yo en la tesorería.
Voy a la tesorería de la seguridad social que me corresponde y cuento mi caso.
Un funcionario acude a dos más para consultar y me dicen que: La empresa no puede darme de baja por qué ya me dieron de baja en su momento en diciembre, que al ser excedencia voluntaria cuenta como si hubiese sido una baja voluntaria por lo que no tengo derecho al paro. Me explican que el SEPE no tiene nada que ver con ellos y que lógicamente, mi paro acumulado lo he perdido ya por qué no se puede hacer nada, ni darme de baja la empresa por qué ya lo hizo en diciembre ni darme de baja ellos por qué ya estoy dada de baja.
La empresa me ofrece una conciliación para que no les demande, me informan de que puedo demandarles etc..Me ofrecen 1.000€ de indemnización y reconocerme el despido improcedente, el cual según me han dicho hoy tampoco me serviría para cobrar el paro mientras le siga saliendo al SEPE en vida laboral que estoy en excedencia con la empresa.
La cabeza me va a estallar, no tengo dinero lógicamente ni me da tiempo ya a conseguir un abogado de oficio.
El delegado de CCOO me dice que acepte el acuerdo que esos 1000€ haciendo cálculos es lo que me pertenece por dos años y pocos trabajados (era trabajadora a tiempo parcial) y yo ya no sé qué tengo que hacer si aceptar si intentar demandar, si es cierto que pierdo el paro, si es cierto que ellos no me pueden dar de baja en la vida laboral (ni empresa ni tesorería)
Por favor si alguien me puede ayudar u orientar...me va a estallar la cabeza de tantas cosas diferentes en un lado y otro...
Apelo a la compasión, si de verdad pudiera pagar a un abogado lo habría buscado en mi provincia.
Espero que alguien me pueda echar un cable, un saludo a tod@s

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leYel Abogados

leYel Abogados

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Laboral

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Buenas tardes,

En relación a la indemnización que le correspondería, no podemos ayudarla debido a que no tenemos datos suficientes para calcular cuanto le correspondería. Sin embargo, la informamos de que hay calculadoras gratuitas en internet muy fiables que puede utilizar para ello. No tiene mas que buscar calculadora de indemnización por despido y le saldrán varias.

Con los datos que nos ha ofrecido, creemos que lo mas recomendable es que si finalmente pacta con su empresa, trate de convencerlos para que arreglen también el asunto de su baja ante la tesorería, ya que al haber sido ellos quienes le dieron de baja, son ellos quienes tienen que dirigirse de nuevo para rectificar el dato. Tal vez les permitirían darle de alta de nuevo (como si acabara la excedencia) y luego volver a darle de baja ya constando como despedida improcedentemente.

Por último, es cierto que la baja voluntaria no da derecho a paro, pero el despido improcedente si, por lo que si lograra que se corrigiera ese dato, es posible que pudiera acceder a esta ayuda.

Esperamos haberla ayudado.

Muchas gracias por su consulta.

Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Si realizan un acto de conciliación en el SMAC, el SEPE deberá reconocer dicho despido y abonarle la prestación por desempleo. Sino se realiza, no podrá cobrar el paro hasta que vuelva a trabajar como mínimo otros 3 meses en cualquier otra empresa.
Respecto al despido, si ya le han calculado el importe y es similar a los mil euros, acéptelo, es un consejo.

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