Despido trabajador indefinido

Estimados Señores, un trabajador contratado desde el 1 de Enero de 2014, con el contrato indefinido desde el 1 de Enero de 2014, ha de ser despedido, básicamente porque el jefe no está contento con él. ¿Qué indemnización le corresponde si le entregamos la carta de preaviso con 15 días de antelación y con cuántos días le deberíamos de indemnizar si el despido efectivo inmediatamente?
En cualquier caso, ¿Cuál sería la forma menos costosa de despedirlo?
Gracias anticipadas y un cordial saludo

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Buenas tardes, si es un despido objetivo la indemnización que le corresponde es de 20 días por año trabajado. En cambio, si el despido es por alguna falta del trabajador se le puede despedir por despido disciplinario pero hay que dar un preaviso de su falta y en este caso no cabria indemnización pero si derecho a desempleo. Puede concertar una cita con nuestro despacho y explicarle detalladamente cada tipo de despido. Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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HERNANDO & HERRERO

HERNANDO & HERRERO

Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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El despido se puede realizar en el mismo día no es necesario avisar con antelación y eso tampoco influye en la indemnización. Le corresponden 33 días por año, como ha estado escasamente un mes, la parte proporcional. No le puedo dar el cálculo exacto de la cantidad porque necesitaría saber la nómina que tiene.
Estamos a su disposición en nuestro despacho en plaza Castilla.

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Habría que analizar el suspuesto concreto ya que no solo hay que analizar las distintas modalidades de despido con la indemnización más adecuada sino observar cuales han sido las circunstancias que han motivado ese despido y como se pueden acreditar aquellas.

Para ello puede ponerse en contacto con nosotros y analizaremos en detalle su caso.

Un saludo y muchas gracias

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