Deuda con hacienda anterior al matrimonio

La duda que planteo es la siguiente:

Estando soltera contraje una deuda con hacienda y la Agencia Tributaria me tiene embargadas unas percepciones (que no alcanzarán para pagar la deuda en varios años). Si me caso en régimen de gananciales, el sueldo de mi marido pasará a ser bien ganancial. ¿Podría Hacienda trabar el sueldo de mi marido para sufragar esa deuda anterior al matrimonio?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
Si su deuda es personal y anterior al matrimonio, no pueden embargar el sueldo de su marido, pero si la mitad de todo lo que se adquiera durante el matrimonio, es decir su mitad de gananciales.
Mi consejo es que celebre capitulaciones matrimoniales, con anterioridad al matrimonio y pacte el régimen de separación de bienes.
Las capitulaciones matrimoniales es un documento muy sencillo que se prepara en la Notaria, cuyo coste es alrededor de 90 o 100 euros, pero tiene que inscribirlas en el Registro Civil, ya que si no lo hace no surten efecto frente a terceros.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Derecho Bancario León Jesús Perez Perez

Abogado Derecho Bancario León Jesús Perez Perez

Abogado de León especializado en Responsabilidad Civil

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No, por ser anterior al matrimonio.

A tu futuro marido no le podrán embargar el sueldo si tu no haces frente a la deuda, podrían embargaros bienes comunes futuros (pero solo el 50% de los mismos que sería la parte que te correspondería a ti).

De todos modos, mi consejo es que, si queréis y podeis, hagais separación de bienes porque, por mi experiencia, es lo mejor para evitar futuros problemas de todo tipo.

Espero quemi respuesta tehaya servido de ayuda,

un cordial saludo,

Jesús Pérez

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Estoy de acuerdo con el criterio de mis compañeros, solo le podrán embargar la mitad, siendo aconsejable que antes de casarse realizara mediante capitulaciones matrimoniales previas al matrimonio, el régimen de separación de bienes. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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Totalmente de acuerdo, únicamente le podrían embargar su mitad y lo más conveniente sería que antes de la celebración del matrimonio realizara la separación de bienes a través de las capitulaciones matrimoniales.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mis compañeros del Gabinete Jurídico Padros.

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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia

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Totalmente de acuerdo con la respuesta del anterior abogado.

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