Deuda con la seguridad social.

En 2010 trabajé 6 meses con un contrato de prácticas a media jornada de 4 horas diarias. Al finalizar el contrato me comunica mi jefe que puedo tener derecho a la ayuda de 400 euros, hice los papeles y la mujer del INEM me dijo que todo estaba en orden y no hay ningún problema.

En 2011 me vino una carta diciendo que tengo que devolver lo que cobré debido a que fue dinero que no debía recibir y no le eche cuenta por que no entendía el motivo. Unos meses más tarde me llega una resolución de aprobación de prestaciones por desempleo junto con una notificación (resolución sobre revocación de prestaciones por desempleo) donde me dicen que tengo que devolver 2.550€ y si pasa mas tiempo la deuda aumenta.

Desde que recibí esa notificación hice un informe en INEM para mandarlo al director provincial del servicio público de empleo estatal de Sevilla y no me dio ninguna respuesta. Este año hace 3 meses aproximadamente me vino otra carta de la Seguridad Social, pero me vino un aviso en el buzón y no fui a por ella, debido al miedo de ver que mi deuda aumento diciendo que si no la recojo no la aumentan.

¿Va a prescribir mi deuda en la Seguridad Social en 4 años o la carta era para no pagar la deuda? ¿Una vez prescriba deberé pagar algo más? Gracias.

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Habría que ver toda la documentación del asunto, pero lo que más le preocupa, que es la prescripción,tenga en cuenta que la prescripción de la deuda se interrumpe cada vez que se recibe a una notificación, y el hecho de que no recoja dicha notificación no indica que corra el plazo de prescripción puesto que se lo pueden notificar mediante publicación e el boletín de la provincia , aunque usted no lo lea. Esperó ser de utilidad a su pregunta. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Bufete Juristas Laboralistas

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Abogado de Sevilla especializado en Despidos

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Buenas tardes,

en primer lugar hay que reclamar esa cantidad que el INEM reclama, dado que si se reunía los requisitos al solicitarla no se debe devolver, excepto si posteriormente se han dejado de reunir los requisitos, y no habiéndola extinguido el INEM, tampoco lo ha hechos usted.

No obstante es necesario revisar toda la documentación para decidir como proceder a la reclamación. Si se pone en contacto con nosotros le atenderemos gustosamente.

Alberto B. Sanabria
Juristas Laboralistas

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