Deudas con la seguridad social

Hace 5 años que fue dada de alta en la Seguridad social como autónoma, sin mi consentimiento. Yo me enteré hace poco tiempo de que tengo deuda. Envié una carta explicando de que no sabía nada y la documentación entregada no era cierta, pero no me hicieron caso.

¿Qué puedo hacer y qué pasa con la deuda?

Gracias

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

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Apreciada amiga, para evaluar qué se puede hacer desde el punto de vista de procedimiento tendría que examinar la documentación, pero mi primera impresión es que tiene usted un problema gordo. Acreditar que se le dio de alta en el régimen de autónomos sin su consentimiento puede resultar muy complicado, y puede que fuese necesario contratar los servicios de un perito calígrafo. Entre tanto la seguridad social querrá cobrar la deuda, y en esto son implacables. Además, si no paga, la deuda se irá incrementando con intereses de demora y recargos, hasta llegar a la fase ejecutiva y el embargo de bienes. Si ya ha agotado la vía administrativa tiene derecho a solicitar abogado de oficio, y en cualquier caso puede contratar los servicios de un abogado particular. Por supuesto, estaré encantado de atenderla, si así lo estima, pero le recomiendo que busque asesoramiento jurídico de inmediato.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que se acerque al organismo de la seguridad social para verificar si fue usted quien firmo el alta, o si fue otra persona. Si la firma es falsificada se habría producido un presunto delito de usurpación de personalidad, y podría probarse que no es su firma mediante una prueba caligráfíca. De lo contrario si usted no puede probar que la firma no es suya, le sería conveniente que negociase la forma de pago de la duda y que se diera de baja para no acumular más deudas.

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QUESNAY KERNEL ABOGADOS

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Debe acreditar fehacientemente lo que asegura. Con la concurrencia de un perito caligrafo puede dotarse de una prueba que, incluso, puede iniciar la via penal a su favor.
En caso contrario, de no poder acreditar esa circunstancia y hasta que ello no ocurra, es Vd. deudora frente a la Seguridad Social.

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El problema es que el alta de oficio debió recurrirse en su día. No obstante, podría intentar alegar que esa obligación no existe o dejó de existir hace tiempo, solicitando una baja con efectos retroactivos.

Un saludo.

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Abogados.eu.com

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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No hay problema en asistirle en este supuesto, pero necesitamos ver la documentación.

Quedamos a su disposición.

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