Deudas de tarjetas - no hay herencia

Hola, mi madre ha fallecido sin dejar testamento. no hay ningún bien para heredar, solamente un coche viejo. no tenemos padre, solamente los hijos 2 adultos y dos menores de edad. Me gustaría saber si tenemos que hacer frente a las deudas que ha dejado de las tarjetas de crédito. Tiene mas pagos pendientes de telefonía móvil que le siguen cargando a su cuenta corriente, eso nos puede repercutir a nosotros?
¿Qué pasos tenemos que seguir para eximirnos de la deuda de las tarjetas sin haber herencia?

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Sería conveniente realizar los pasos necesarios para o bien renunciar a la herencia, o bien aceptarla a beneficio de inventario; en cualquier caso si tenía vecindad en el País Vasco, por aplicación de dicho derecho especial, nunca el heredero es responsable de su patrimonio de las deudas de su causante.

Mi recomendación es que se pongan en contacto con un despacho profesional que les asesore a dar los pasos necesarios y convenientes en su caso, pues el coste no será excesivo y quedarán garantizados sus bienes y su tranquilidad como herederos, para lo que nos ponemos a su disposición.

Un cordial saludo.

Isidro Gómez - Abogado Digital

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo que tendrían que hacer si hay más deudas que bienes es renunciar a la herencia, pero para eso hay que ir a la notaría y pagar al notario. También pueden dejarlo estar y si alguien les reclama algo como herederos renunciar en ese momento y hacer el gasto para evitar la reclamación; pero cuidado con no hacer nada que pueda suponer la aceptación de la herencia. Asimismo, lo recomendable siempre es que cuenten con el asesoramiento de un abogado si se lo pueden permitir.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Aceptar la herencia a beneficio de inventario, o directamente no aceptarla.

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