¿Qué días le corresponden al ex con los niños?

Mi ex marido dice que por motivos de trabajo sólo podrá ver a sus hijos 1 miércoles por la tarde cada 15 días y un domingo también cada 15 ¿Qué puedo hacer al respecto?

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SANTOS & SARDÀ ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas Tardes,

Primero de todo, si tienen un régimen de visitas establecido por sentencia judicial se tiene que cumplir, tal y como se encuentra en la sentencia, si quiere cambiarlo pues tiene que acudir a un procedimiento judicial de modificación de medidas, y si usted no está de acuerdo podrá defender su postura, dependiendo la edad del menor también.

Si por otra parte, no hay régimen de visitas por sentencia judicial, entonces le urge interponer un procedimiento judicial en materia de familia para que se establezca uno atendiendo a las necesidades del menor.

Tendríamos que estudiar el tema, pongase en contacto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Advocat de Divorcis a Barcelona Gloria Samper Mas
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En primer lugar, debemos saber si existe una sentencia previa que establezca un régimen de visitas, pues si es así su ex esposo deberá cumplirlo y si no lo hace podrá ejecutar la sentencia.
Si no existe resolución alguna, deberá iniciar cuanto antes un procedimiento de Medidas para regular de forma urgente todo lo concerniente a los hijos, visitas, horarios y contribución económica en el sostenimiento de los mismos.
De estar interesada, contacte con este despacho y estudiaremos el asunto con toda celeridad para defender sus intereses.

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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes:
Podemos ayudarle a esclarecer el régimen de visitas del padre tanto si está determinado por sentencia como si no está aún determinado judicialmente.
Confíenos su procedimiento, atentamente.

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