Donde tramitar la incapacidad permanente

Buenas noches,
Vivo y trabajo en Suiza actualmente.
He cotizado 29 años en España y 4,5 años en Suiza.
Quiero regresar pronto a España.
Tengo una enfermedad común que me impide desaroyar mi trabajo actual.
Todas las pruebas; documentos e informe medico , los tengo hechos en España.
Mi pregunta es , donde tramito mi incapacidad ?
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado accidentes Loja - Pablogado Servicios Jurídicos
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Lo mejor es ponerse en manos de un buen Abogado, que lo tramite con usted, avanzando de la mano, ya que por un lado, es un proceso que, a veces, se alarga en el tiempo, y por otro lado, no suele ser un proceso por el cual el abogado vaya a emitir unos honorarios excesivamente caros. En la mayoría de los casos, merece la pena que la llevanza de estas gestiones, sea capitaneada por un abogado, puesto que muchas instituciones se aprovechan del desconocimiento de los usuarios.
No obstante, si no quiere que ningún abogado se lo gestione, y por contestar fielmente a su pregunta, el organismo donde debe tramitar la incapacidad es la Seguridad Social.
En PABLOGADO SERVICIOS JURIDICOS, estaríamos encantados de avanzar con usted en su proceso de reconocimiento de incapacidad permanente. ( ya sea total, parcial, o absoluta). Si nos necesita, póngase en contacto con nosotros. Un saludo, y suerte!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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El primero de los requisitos es estar en situación de incapacidad temporal, por lo que cuando regrese a España deberá ir a su MAP y que le de la baja.
En segundo lugar seria importante conocer la patología que padece y como afecta esta a su profesión habitual, por si tuviese que realizar algunas pruebas complementarias antes de iniciar el procedimiento, y los que tiene hechos en España deberán estar actualizados.
Quedamos a su completa disposición para asesorarle en lo que precise y llevar su procedimiento si así nos lo requiere. No obstante debemos advertirle que dependiendo de la provincia donde lo tramite, y de ser necesario acudir a la vía judicial (muy probable), se pude llegar a demorar hasta dos años.

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