Dos embargos en la nómina: ¿es legal?
Molowny y Sarriá Abogados
Abogado de Vigo especializado en Derecho Concursal
Buenos días.
El SMI que es, para el año 2014, de 645,30 euros es inembargable. Todo lo que exceda de éste puede ser embargable con arreglo a un porcentaje que estipula la ley.
En su caso si percibe neto 1054 euros sólo le podrán embargar 122,61 euros cada mes. De esta manera, si tiene uno, dos, tres o cuatro embargos al mismo tiempo el tope máximo para embargarle su sueldo es de 122,61 euros/mes (si la cantidad que nos ha mencionado es correcta).
Por otro lado, y como dice nuestro compañero, puede solicitar al secretario judicial una rebaja en los embargos por tener hijo a cargo, pagar alquiler u hipoteca... si bien deberá de acreditar estos hechos.
Esperamos haberle orientado.
Estamos a su disposición.
Reciba un cordial saludo.
Según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es inembargable el sario que no exceda de la cuantía del salario mínimo interprofesional. El Salario mínimo interprofesional está en 645,30 euros en 2014.
Los salarios que excedan de esa cantidad se embargan conforme a una escala.
En atención a las cargas familiares del ejecutado, el Secretario judicial podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15%, cosa que, por lo que usted cuenta, no ha hecho.
Con los datos que facilita esto es lo que le puedo decir. Espero haber sido de ayuda. Si quiere podríamos quedar para verlo más detenidamente, con papeles sobre la mesa.