Duda relativa acerca de patrimonio cultural no inventariado
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
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Contestado
Forma parte de la herencia y ha de ser adjudicado como el resto de los bienes. Respecto al trámite administrativo se trata de formular una solicitud de inclusión del bien en el inventario conforme al artículo 26.3 de la ley 16/85.
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