Ejecutar sentencia por dejar de pasar manutenciones ni gastos extraordinarios
MORALES & ARTIGAS ABOGADOS
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Civil
Buenos días,
El despacho de ejecución puede demorarse más o menos, según el Juzgado. Si se ha presentado la demanda ejecutiva en marzo, no debería tardar mucho en despacharse la ejecución. Todavía estaría dentro de lo "normal".
El impago de pensiones alimenticias en favor de los hijos durante 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos es delito castigado con pena de prisión de 3 meses a un año o multa de 6 a 24 meses. Habitualmente se impone multa y salvo que existieran antecedentes, no se suele entrar en prisión. En cualquier caso, habría que estudiar el caso.
Palau Abogados César Palau Temprado / Marta Guimerá Zaera
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia
El tiempo depende del juzgado, y una vez se dicte Auto de ejecución habrá que ver si paga voluntariamente o de lo contrario habría que buscar bienes o dinero para embargar, con lo que se puede demorar más la solución.
El impago de pensiones es un delito, pero si se ha iniciado ejecución de sentencia, se trata de un procedimiento civil, no penal, con lo que no lleva aparejada ninguna condena penal; para ello se tendría que haber presentado denuncia y en todo caso, si se trata de la primera vez, el juzgado no suele imponer pena de prisión.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que estas cuestines se las plantee al abogado que le ha llevado el procedimiento, para que se acerque al juzgado a ver en que estado se encuentra el mismo. Los plazo en justifica siempre dependen de la carga de trabajo que tengan los respectivos juzgado. Sobre lo de prisión habrá que estar al fallo de la sentencia que se dicte.
Herranz Ramia Abogados
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Reclamaciones de Impagados
Si la ejecución se ha presentado en marzo, no debe tardar mucho en tramitarse (durante este mes debería estar). El impago de pensiones si que es delito y si se denuncia se le puede imponer la pena de prisión, pero si no tiene antecedentes y la pena es de menos de 2 años, no entraría en la cárcel (siempre que pagase la deuda). Un saludo.
Hola. Pues depende el juzgado ( la tardanza en responder). En cuanto a sí es o no delito, si que es delito( abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones) .Le recomiendo que contacte con un abogado para tramitar el procedimiento. Puede contactar con este despacho donde le atenderemos gustosamente. Un saludo