Embarazada y fin de contrato.

Buenos días,
Tengo un contrato de jornada parcial (50% jornada) de sustitución de una persona en excedencia(con reserva del puesto) COndiciones contrato indefinido, con 6 meses de prueba.
A los 4 meses de empezar a trabajar, quedo embarazada y por problemas de salud curso baja. En el momento de mi incorporación(2 meses despues), me comunican que la persona en excedencia se incorpora y soy despedida.¿me pueden despedir por estar embarazada?

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días.

Según hemos entendido le han despedido porque ha vuelto a ocupar su puesto de trabajo la persona a la que usted suplía por estar aquella de excedencia. Si es así deberá quedar documentado en la carta de despido. Sí el motivo real es que está usted embarazada el despido debe ser declarado nulo de pleno derecho. Para ello debe demandar a la empresa (previamente es necesario un intento de conciliación ante el SMAC de la comunidad de Madrid) en el plazo de 20 días hábiles.

No es obligatorio abogado pero es muy aconsejable dado que usted deberá reclamar su derecho de acuerdo a la ley y es mejor ser defendido y asesorado por un profesional.

Si tiene alguna duda o necesita alguna aclaración, por favor, contacte con nosotros por cualquier medio, estaremos encantados de atenderle (primera consulta gratuita) y de asesorarle en todo lo que necesite. (Seis ocho cinco cuatro seis dos nueve nueve cuatro)

Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenas tardes, si la causa de despido es la reincorporación de la persona a la cual estaba usted sustituyendo es un despido objetivo, pero si la causa del despido es otra distinta si se podría estudiar el tema y llevarlo por despido improcedente. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en nuestro despacho donde estudiaremos el asunto. Además indicarle que desde que usted tiene la certeza del despido tiene 20 días para interponer la papeleta de conciliación. Puede ver nuestros datos del despacho en el perfil para que contacte con nosotros. Un saludo.

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Abogado de Madrid especializado en Despidos

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Parece ser que se dan los condicionantes de extinción de la relación laboral al reincorporarse la persona a la que Vd. estaba sustituyendo. No obstante habría que estudiar su situación con más detalle.

Si lo desea le podemos ayudar.

Más en www.denunciaatuempresa.com

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