Embargo por impago de pensión alimenticia.

Debo a mi ex mujer 8.200 euros aproximadamente por impago de pensión alimenticia. En la actualidad no trabajo, pero cobro una prestación por desempleo de 1.400 euros porque tengo otros dos hijos a mi cargo. ¿Cuánto me pueden embargar al mes? Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Jacobo Joaquín Santana Nuez
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Buenas tardes,

Aquí no rige la escala del artículo 607 de la LEC, con lo cual podrá embargarse lo que se entienda oportuno.

Si tiene abogado designado podrá hacer declaraciones en su favor para evitar que se incurra en riesgo de exclusión social o cualquier otra circunstancia que opere a su favor.

Un saludo.

Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas / Mediador Civil y Mercantil

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
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Si la pensión alimenticia es para los hijos comunes le puede embargar bastante en función de lo que argumente ante el juez cuando tenga la ejecución del embargo. Le acosejo se ponga en manos de un profesional.
Los limite de la ley de enjuiciamiento civil no rigen para este tema.

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Al ser alimentos para hijos no rigen los limites establecidos en la Ley de enjuiciamiento Civil.. Consulte con un abogados especialista en familia. Estaremos encantados e ayudarle. pida cita en el 607897995.

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