Embargo de mi piso por la seguridad social

tengo un piso valorado actualmente por 95000€ y tiene una hipoteca de 113000€ recibo hoy una carta de la seguridad social de un embargo por importe de 10400€ es una deuda de autónomo de mi mujer. Me ponen en esa dicha carta que van a notar el embargo y sacarlo a su basta. ¿Esto va a algún sitio o solamente son amenazas? ya que vendiendo el piso no da ni para cancelar la hipoteca.
gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Normalmente lo que hace la Seguridad Social en estos casos es embargar y luego anotar el embargo en el Registro de la Propiedad. No obstante, la probabilidad de que la Seguridad Social ejecute ahora el embargo teniendo una hipoteca delante es más bien nula. Eso sí, el día en que cancele la hipoteca por haberla pagado, seguirá estando ahí la Seguridad Social, salvo que la anotación de embargo que se practique haya caducado y no haya sido promovido más tarde ningún otro nuevo embargo. Al final, lo que suele pasar es que se suele terminar pagando y pagando más por la acumulación al principal de los intereses y recargos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenas tardes:

Le anuncian todo lo que puede pasar: embargo, anotación y subasta, eso es en teoría.
La realidad es que embargan y anotan en el Registro de la Propiedad por si decide vender la vivienda, ya que en ese caso para que pueda hacerlo tendrá que estar libre de cargas y entre las cargas liquidar los posibles embargos y con ello la deuda de la Seguridad Social junto con los intereses que haya generado por el tiempo transcurrido.
Saludos

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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La realidad es que embargan y anotan en el Registro de la Propiedad por si decide vender la vivienda, ya que en ese caso para que pueda hacerlo tendrá que estar libre de cargas y entre las cargas liquidar los posibles embargos y con ello la deuda de la Seguridad Social junto con los intereses que haya generado por el tiempo transcurrido.
Saludos

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Le anuncian todo lo que puede pasar: embargo, anotación y subasta, eso es en teoría.
La realidad es que embargan y anotan en el Registro de la Propiedad por si decide vender la vivienda, ya que en ese caso para que pueda hacerlo tendrá que estar libre de cargas y entre las cargas liquidar los posibles embargos y con ello la deuda de la Seguridad Social junto con los intereses que haya generado por el tiempo transcurrido.
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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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Buenas tardes, habiendo una hipoteca ,la seguridad social solo podrá anotar el embargo en el Registro de la Propiedad, eso sí cuando la hipoteca esté cancelada la seguridad social seguirá estando ahí

Un saludo

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Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
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Buenas tardes,

Existiendo una hipoteca, no podrán sacar el piso a subasta hasta que se haya cancelado la misma. A la seguridad social le tocará esperar.

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