Embargo de mi piso por la seguridad social
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Normalmente lo que hace la Seguridad Social en estos casos es embargar y luego anotar el embargo en el Registro de la Propiedad. No obstante, la probabilidad de que la Seguridad Social ejecute ahora el embargo teniendo una hipoteca delante es más bien nula. Eso sí, el día en que cancele la hipoteca por haberla pagado, seguirá estando ahí la Seguridad Social, salvo que la anotación de embargo que se practique haya caducado y no haya sido promovido más tarde ningún otro nuevo embargo. Al final, lo que suele pasar es que se suele terminar pagando y pagando más por la acumulación al principal de los intereses y recargos.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
Le anuncian todo lo que puede pasar: embargo, anotación y subasta, eso es en teoría.
La realidad es que embargan y anotan en el Registro de la Propiedad por si decide vender la vivienda, ya que en ese caso para que pueda hacerlo tendrá que estar libre de cargas y entre las cargas liquidar los posibles embargos y con ello la deuda de la Seguridad Social junto con los intereses que haya generado por el tiempo transcurrido.
Saludos
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
Le anuncian todo lo que puede pasar: embargo, anotación y subasta, eso es en teoría.
La realidad es que embargan y anotan en el Registro de la Propiedad por si decide vender la vivienda, ya que en ese caso para que pueda hacerlo tendrá que estar libre de cargas y entre las cargas liquidar los posibles embargos y con ello la deuda de la Seguridad Social junto con los intereses que haya generado por el tiempo transcurrido.
Saludos
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
Le anuncian todo lo que puede pasar: embargo, anotación y subasta, eso es en teoría.
La realidad es que embargan y anotan en el Registro de la Propiedad por si decide vender la vivienda, ya que en ese caso para que pueda hacerlo tendrá que estar libre de cargas y entre las cargas liquidar los posibles embargos y con ello la deuda de la Seguridad Social junto con los intereses que haya generado por el tiempo transcurrido.
Saludos
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, habiendo una hipoteca ,la seguridad social solo podrá anotar el embargo en el Registro de la Propiedad, eso sí cuando la hipoteca esté cancelada la seguridad social seguirá estando ahí
Un saludo
Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Buenas tardes,
Existiendo una hipoteca, no podrán sacar el piso a subasta hasta que se haya cancelado la misma. A la seguridad social le tocará esperar.