Separacion con separacion de bienes
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En su caso, lo veo bastante sencillo. Si usted tiene un el 50 % de un bien, con respecto a otro 50% que tiene su ex mujer, ustedes lo que tienen es un condominio. Si, como usted dice, ese bien esta alquilado, tendría derecho a recibir el 50 por ciento de ese alquiler. Pero lo que es mejor aún, usted puede instar un procedimiento de extinción del condominio. La ley expresa claramente que si alguien no quiere permanecer en un condominio, puede ejercitar la acción de extinción para vender su parte al otro copropietario, o exigir que se venda el bien y cobrar el 50 %. Le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado especializado para que estudie el asunto. Desde Pablogado Servicios Jurídicos podríamos hacerle un presupuesto lo más ajustado posible para que el hecho de la distancia no sea un impedimento ni una razón para encarecer el mencionado presupuesto. Si lo necesita, póngase en contacto con nosotros. Un saludo
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay que valorar la documentación que comenta para poderle dar una respuesta. No obstante, si el piso es solamente de ella y todo el dinero del préstamo fue invertido en la reforma de dicho piso y todo ello se puede probar, habría que valorar una posible reclamación por enriquecimiento injusto de ella y correlativo empobrecimiento de usted. Si desea ampliarnos la información facilitada, puede contactar con nosotros, en cuyo caso le diremos antes de hacer nada lo que cuesta la consulta o cualquier otra actuación que haya que hacer.