Embargo de sueldo por incapacidad temporal
Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
VER PERFIL
Contestado
Tendría que presentar a su entidad bancaria las nominas conforme ya le están aplicando el embargo en las mismas o en su defecto, conforme esta por debajo del salario mínimo interprofesional. De este modo el banco no podrá retenerle los importes de su prestación o salario.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado