¿Está mi jefa en su derecho de no pagarme el mes trabajado?
Abogado indemnización accidente trabajo Logroño - A.Fernández
Abogado de Albelda de Iregua
Lo que su empleadora puede y debió hacer, es realizar un despido procedente con el cual no tendría que pagarle a usted ningún tipo de indemnización, lo que no puede hacer de ninguna manera, es dejar de pagarle los días que usted trabajo, así como tampoco los días de vacaciones generados y no disfrutados, ni la parte proporcional que le corresponda de las pagas extraordinarias, en cuanto a la renuncia voluntaria que su jefa le hizo firmar, esta no tendría validez si puede probar que hubo vicio en su consentimiento, pero en el peor de los casos en que usted no pudiera probar esto, ella solo podría aplicarle una penalización si es que hubo falta de preaviso, la cual por lo general es de 15 días.
No obstante tenga en cuenta que esta respuesta es simplemente orientativa y esta basada en los datos que usted aporta en el post, para darle una respuesta más precisa puede ponerse en contacto con nosotros.
A. Fernández Abogado
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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Por supuesto que, en ningún caso, pueden apropiarse de su importe económico. Creo que es un caso que habría que ver la forma de lo ejecutado a la vista de que ha podido firmar algún documento creando una realidad jurídica distinta a la fáctica.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Para nada, si no le abona el salario del mes trabajado tendrá que interponer una demanda judicial en materia de reclamación de cantidad.