Exencion IVA entidades sin animo de lucro
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Abogado de Eivissa especializado en Derecho Penal Común
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Contestado
La enseñanza es exento por lo tanto si la factura tiene por objeto una materia incluyda en un plan de estudios solo en esto supesto esta exento. En el supuesto que de eso se tratara, la factura esta mal y hay que pedir que se rectifique. Diferente es en caso se hayan proporcionado otros servicos con lo cual no tiene derecho a exención la entidad. En este caso, por lo que se refiere el aspecto contable no tiene ninguna particularidad a efecto de contabilizar el IVA y tramitar el mod. 303 que, en caso de ser a credito, tiene plazo hasta el 20 de octubre. Un cordial saludo
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