Extinción condominio con diferencia entre préstamo y valor vivienda
ANDREU ALENDA ABOGADOS SCP
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días:
Como hay tanta diferencia entre el valor de mercado de la vivienda y la hipoteca pendiente, la solución encierra cierta complejidad para que sea ejecutada por lo siguiente. Si compensáramos el valor de la casa que le corresponde a el recibir (30.000€) con la deuda hipotecaria que tiene que pagar (45.000€), el seguiría siendo deudor hipotecario de 15.000 €. Podéis decir que el se hace cargo del recibo mensual correspondiente a 15.000 € de deuda hipotecaria, y prorratearlo cada mes. Pero el banco va a seguir manteniendo como deudores hipotecarios a ambos a partes iguales, para el banco no va cambiar. Esto, en una situación de ruptura de pareja es muy difícil de llevar a la practica. La mejor opción sería compensar cantidades, que el abone 15.000€ y tu pedir una modificación de hipoteca, para quedarte con el 100% de la vivienda y la deuda hipotecaria (a groso modo, 75.000€). Habría que tener en cuenta también, todos los gastos que esta operación entraña y quien los abona.
Un saludo,
Buenas tardes.
Simplificando mucho, la extinción de condominio es como una compra-venta, pero con unos costes fiscales más bajos. En las extinciones de condominio, al igual que en una compra-venta, lo habitual es que se pongan de acuerdo ambas partes en el precio de la cesión de titularidad. Si no hay un acuerdo en el precio, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro despacho para estudiar las distintas opciones existentes.