Extincion de condominio hermanos
Abogado Recobro de Impagado Granollers - AC Legal
Abogado de Granollers especializado en Derecho de Familia
Hola
Son cuestiones complejas las que plantea, para resolverlas en un comentario breve. No obstante, en mi opinión, Ud. debería adquirir la parte correspondiente de los hermanos de su mujer (de un hermano, su participación íntegra, y de su otro hermano, la mitad), y su esposa, adquirir la otra mitad de uno de los hermanos. Otra cuestión es, que valor concreto se da a dicha propiedad, cuando está gravada con un usufructo, y cuando la finca, al parecer, está en ruinas. Cambiar a gananciales tiene otras consecuencias imprevistas que habría que estudiar con mayor detalle, pero si su mujer ha adquirido su participación por herencia, ese tercio de propiedad, nunca sería ganancial, por lo que yo no lo veo (de entrada), una buena opción.
Si desea comentarlo con mayor detalle, puede contactar con nosotros.
Saludos.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
aefectivamente se haría mediante extinción de condominio, lo mejor es asesorarse pues puede haber cuestiones fiscales que pueden gravar la operación si hacienda entiende que es una donación; si Vd. quiere ser copopietario se le puede vender una parte del inmueble, a fin de evitar doble escrituración y los impuestos corresondientes. Debe consultarlo con un abogado a fin de que estudie el asunto y le de las opciones disponibles, pues es preciso conocer a fondo lo comentado y otros datos. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Las extinciones de condominio son complejas, pero sin duda será mejor configurar la operación como una compraventa que como una donación. Un saludo.