Facturacion finca comunidad de propietarios

Buenas tardes.

Somos una Comunidad de vecinos de Madrid.

Mi pregunta es si un vecino que esta empadronado en el bloque,

la comunidad de Propietarios a la que pertenece le puede entregar

un dinero como compensación por un trabajo realizado a dicha

Comunidad sin necesidad de una factura de por medio al pertenecer

a la Comunidad.

Es decir, si se contempla en alguna ley que entre los vecinos de la

Comunidad se pueda entregar por parte del Presidente de la

Comunidad un dinero por un trabajo realizado para la

Comunidad a la que pertenecen ambos sin que sea obligatorio

una factura de por medio , justificando simplemente en las

cuentas el motivo, por ser ambos pertenecientes a dicha

Comunidad.

Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
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Buenas tardes, en respuesta a su consulta tendrian que hacerse las facturas con IVA y retención, nada tiene que ver que el trabajo haya sido realizado por un vecino., ni nada al respecto contempla de la Ley de propiedad horizontal entre las funciones del presidente, pues el vecino lo que realiza es un servicio profesional a la comunidad, y dicho servicio prestado implica una relación contractual que obliga a la realización de facturas, Si lo desea pongase en contactos con nosotros . Un saludo

Noelia Padrino

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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No parece un método muy ortodoxo, solo sería justificable si el vecino realizó un trabajo esporádico, no siendo su actividad habitual y sesi así se acuerda realizar dicho pago en junta, ya que de otro modo no sería muy oportuno el pago y pudiera reclamarse al presidente o administrador. Saludos cordiales.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Si es un trabajo profesional debe haber factura; siendo indeferente que el profesional viva en la comunidad o no. Si no hay factura y dejan constancia del pago en las cuentas estarán cometiendo una irregularidad, y algún vecino podría presentar queja o incluso denuncia.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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No se puede, existe la obligación legal de hacer factura y repercutir los impuestos correspondientes, en este caso, al tratarse de un servicio sin que exista relación laboral, debe repercutirse el IVA.

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Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Si se trata de un trabajo profesional, tendrá que emitir la correspondiente factura debidamente desglosada y con el iva correspondiente, con independencia de si vive o no en el edificio.
Atentos saludos,

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Imposible. Tiene que emitir una factura. El domicilio del trabajador aunque sea vecino de la comunidad no tiene nada que ver.

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No es posible.
No existe vinculación entre la obligación de facturar por trabajos realizados y la comunidad de vecinos donde se resida.
Un saludo

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