Falta de agua y reparaciones

¿Qué podemos hacer si en la casa que habitamos hay desperfectos en las puertas?
Falta mucho el agua y el dueño no quiere hacer reparaciones.
La casa es vieja y las puertas y ventanas casi se caen. Él solo piensa que pintándolas se soluciona todo y no quiere comprar pipa de agua.

Quisiera saber si es obligación del propietario surtirnos de agua como dueño. Cobra caro de renta y del otro lado del patio hay otra cisterna. Él quiere que usemos agua fluvial para lavar trastos, ropa y para el uso personal. Es un déspota.

Gracias

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Miguel Guillén LLovería

Miguel Guillén LLovería

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Las obligaciones del arrendador se recogen en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:

1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.

3. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.

Si lo desea puede solicitar cita en mi despacho. La primera consulta es gratuita.

Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ANA ISABEL DOMINGUEZ CARABANTES
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Somos despacho especializado en derecho civil y de Propiedad Horizontal, puede reclmar al propietario la reparación de los desperfectos de la vivienda, es un derecho que tiene el arrendatario. Puede consultar con nuestro despacho, la primera consulta es gratuita.

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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Los desperfectos de las puertas pueden discutirse, pero la instalación del agua le corresponde sin duda al casero.

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