Fin de contrato de alquiler y entrega de llaves.

Soy inquilina de un piso el cual es propiedad de una empresa.

El 31 de Julio termina el contrato, he enviado en junio un burofax comunicando que dejábamos el piso.

En la empresa me dicen que la forma que ellos tienen de trabajar es que yo vaya a sus oficinas a entregar las llaves y que ellos irán al piso otro día. En el momento de entrega de llaves me darían un documento que certifica este acto.

El problema es que como no verán el piso en el momento de entrega de llaves y yo no tengo ningún documento de en que condiciones lo estoy dejando.

¿Es esto legal? ¿Qué puedo hacer en este caso? ¿Puedo solicitarles que me firmen algún documento diciendo que se niegan a ver el piso en ese momento y que entonces me desentiendo de lo que pueda pasar?

La fianza más el aval suman unos € 6.000.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Lo tiene Vd. muy sencillo: cuando firme la entrega de llaves por finalización del plazo de arrendamiento y devolución de la fianza haga Vd. constar expresamente que no hay desperfectos en la vivienda. Con este documento firmado por ambas partes, el propietario se da por satisfecho y por lo tanto no le podrá reclamar posteriormente ningún daño que no se haya hecho constar en el referido documento. Caso de que no quieran firmar esa cláusula entregue Vd. un documento haciendo constar que le entrega las llaves en ese acto y que no se procede a la visita del piso por negativa expresa del propietario. Dicho documento se lo tendrán que firmar a los meros efectos de recepción, pero al menos le servirá de prueba en caso de reclamación posterior.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Vicente & Matanza

Vicente & Matanza

Abogado de Valladolid especializado en Derecho Concursal

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Si no se fía de la empresa en cuestión, lo más lógico sería hacer lo que usted misma comenta: que en el momento de la entrega de llaves firmen un documento de renuncia al aval y la fianza. Si se negaran a ello, otra opción a contemplar es que en el momento en que deja el piso, le acompañe un testigo que pueda acreditar el estado en que se encuentra el piso (a ser posible por escrito, señalando fecha y hora) por si hubiese problemas en un futuro.

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Puede pedirles que en el documento en el que certifiquen la entrega de llaves, hagan constar la entrega del aval en el mismo acto y el compromiso de devolución de la fianza.
Si no aceptan y Ud. se queda intranquila sobre la recuperación del aval y fianza, puede acudir al Juez para que declare concluso el contrato.
Jesús Villodre

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