Firma de contrato laboral mientras se denuncia un despido
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Abogado Despido Improcedente Vigo Pilar Carbajales
Abogado de Vigo especializado en Derecho del Trabajo
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Mejor respuesta según autor
Se pecha e non hai carta de despedimento, pode impugnar no prazo de 20 días desde o peche. O proceso é compatible con outro contrato de traballo. Saúdos
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ABOGADO LABORALISTA OURENSE DIAZ PULIDO ASESORES SCP
Abogado de Ourense especializado en Derecho del Trabajo
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Si el cierre es por motivos económicos, debe tramitarse un ERE o un despido por causas objetivas, segun el número de trabajadores. Esto lleva consigo una indemnizacion de 20 dias por año de servicio. Si no se tramita el ERE o no se notifica el despido, el cierre produciría un despido nulo o la posibilidad de solicitar la rescisión de contrato con una indemnizacion de 45 dias por año de trabajo por año de servicio, hasta febrero de 2012 y desde esa fecha a razon de 33 dias por año o fraccion.
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Estimado cliente, lo primero que debe hacer es impugnar el despido en el plazo de 20 días hábiles, y toda vez que ya ha sido despedido tiene libertad para trabajar en otra empresa, ponerse por su cuenta o solicitar prestación por desempleo.