¿Es un gasto extraordinario?

¿Es un cochecito de paseo de un bebe un gasto extraordinario a efectos de abono de la pensión de alimentos? Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Es difícil de concretar, ya que entre otras cosas los convenios reguladores y las sentencias suelen definir y enumerar los conceptos que han de entenderse como gastos extraordinarios. Aun así, y en principio, entiendo que como norma general no se consideraría gasto extraordinario, ya que el cochecito es algo que necesita cualquier bebé con independencia de que sea un desembolso de cierta entidad que haya de realizarse de 1 vez, pero le reitero que habría que ver la sentencia y/o el convenio regulador para poder emitir una opinión fundada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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No parece que lo sea, al tratarse de un elemento para cuya compra no se le ha solicitado su aceptación, ni se trata de un bien de carácter imprevisible, ni estrictamente ineludible. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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