Incumplimiento de convenio regulador

¿La modificación de medidas que voy a interponer me obliga a pagar las cantidades que se fijaron en el convenio regulador? ¿O puedo pagar lo máximo que pueda según mi situación de pérdida de empleo que sufrí hace varios meses?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
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Aunque usted haya interpuesto su demanda de modificación de medidas, le informo que hasta que no exista Sentencia por la que resuelva acerca de dicha revisión de medidas, deberá seguir haciendo satisfaciendo la cantidad fijada en el Convenio regulador; si bien, tal y como han manifestado los compañeros, usted podrá abonar la cantidad que propone en dicha demanda de modificación ya que los efectos de la sentencia se retrotraen a la interposición de la misma. Espero poder haber resuelto su consulta. Si precisa de más información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Verónica Murcia

Verónica Murcia

Abogado de Murcia especializado en Derecho de Familia

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Buenos días, hasta que no se resuelva por sentencia la modificación de medidas que usted debe presentar, debe seguir pagando las cantidades fijadas en el convenio regulador en su momento.
El hecho de presentar el nuevo procedimiento no le exime de lo otro, ya que, si no paga las cantidades fijadas en el convenio, se las pueden reclamar y presentar una demanda de ejecución contra usted por esas cantidades adeudadas.
Si necesita más información o asesoramiento al respecto, podemos concertar una reunión y tratar su asunto de forma más detallada.
Saludos. Verónica Murcia.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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En principio, su obligación es cumplir con el convenio, lo que seguramente le habrá recomendado su abogado, sin perjuicio de que si consigue su modificación y se solicitan desde la interposición de la demanda, la resolución que se dicte tenga efectos a su solicitud, en todo caso consulte a su abogado que es quien mejor conoce las circunstancias de su caso. Espero haber sido útil, saludos.

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AFIN ABOGADOS. Abogados PENALISTAS y de FAMILIA Murcia
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Hola:

Una estrategia prudente, podría ser pagar de momento lo que propones en la modificación, hasta resolución judicial.

Los efectos se retrotraen a la fecha de interposición de la demanda.

Un saludo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Mientras no sea firme la futura modificación de medidas,, usted está obligado a seguir cumpliendo con lo establecido en el anterior convenido regulador, que fue aprobado en su día por el Juez.

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