Gastos de educación en pensión de alimentos
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
La pensión de alimentos incluye los gastos ordinarios y, si no se especifica lo contrario, incluye los gastos escolares. Considero que es así, dado que los gastos extraordinarios deben ser imprevisibles o de imposible previsión apriorística o no tener una periodicidad fijada, características que los estudios no cumplen.
Una vez que los hijos alcanzan la mayoría de edad e independencia económica se puede solicitar que finalice la obligación de prestar alimentos. Si están estudiando y no trabajan, subsiste la obligación de ayudarlos, eso sí con el límite de que usted no tenga que dejar de comer para que ellos vivan regalados.
Además ellos tienen la obligación de aplicarse.
En caso contrario, usted podría poner una demanda para cambiar esta situación. Asesórese antes de dar ningún paso.
Un saludo,
Buenos días,
La pensión de alimentos incluye, si no se dice lo contrario, gastos de educación, por lo que si la sentencia no lo especifica, usted ya está pagando dichos gastos. Los alimentos se pagan hasta que los hijos no los necesiten, siempre que esa necesidad no les sea imputable.
En su caso parece que los hijos sí podrían ser causantes de esa necesidad, por lo que debería estudiarse si usted puede solicitar una reducción de la pensión de alimentos y desde luego, oponerse a lo que le solicita el padre.
Si desea una primera visita para, a la vista de la sentencia y de las demás circunstancias, darle una opinión más fundada e informarle de las distintas opciones, estamos a su disposición.
En principio, si no se especifica nada en el Convenio o Sentencia, la pensión de alimentos incluye los gastos de educación y formación.
En su caso, si son mayores de edad, se puede instar una modificación de medidas para anular la pensión SI SON MAYORES DE EDAD Y SIEMPRE QUE TENGAN INDEPENDENCIA ECONÓMICA. Si ocurre lo que usted dice (abandono de cursos, etc.) también se podría instar la modificación pero sería más difícil de probar. Si quiere analizar el tema con más calma, puede contactar conmigo.
Atentamente,
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Para que se siga pasando pensión es necesario un aprovechamiento de los estudios, mas si se le solicita el pago de los mismos.
Habría que ver la sentencia y a que gastos se refiere en concreto, para poder contestar con rigor a su pregunta, evitando inducirle a equívocos.
Insisto en que pueden ser, o no, gastos extraordinarios y que se requiere aprovechamiento de los estudios para que se merezca su pago.
Espero haberle sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.