Gastos extraordinarios

Hola,soy padre separado y mi ex me pide que pague la mitad de los libros del colegio.Yo tengo entendido que solo tengo que pagar gastos extraordinarios como lentes,dentista,plantillas ortopédicas y cosas similares.Los libros y cosas de colegio no es extraordinario porque es una cosa de todos los años,incluso entendí que cualquier viaje escolar sin mi consentimiento,no tendría porque pargarlo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Tarragona María García Parla

Abogado Tarragona María García Parla

Abogado de Salou especializado en Derecho Procesal

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Estimado consultante,

Es imprescindible poder leer su sentencia para determinar cuales son gastos ordinarios y extraordinarios, ya que cada caso tiene sus peculiaridades.

No obstante, como bien apuntan mis compañeros, los libros y demás gastos escolares por norma general se determinan como gastos ordinarios, y por tanto se encuentran incluidos en la pensión de alimentos que mensualmente debe ingresar en la cuenta de su ex-esposa.

Me mantengo a su disposición para cualquier duda o ampliación de información. Le recuerdo que la primera visita es totalmente gratuita.

Un cordial saludo,

María García Parla
-Abogada-

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G&S ASSESSORS (Advocats i Economistes)

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Abogado de Valls especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes,
Aunque una parte muy minoritaria de los Tribunales no lo entiende así, la gran mayoría de sentencias se pronuncian entendiendo que los libros son un gasto ordinario, pues son imprescindibles para la formación de los hijos (por tanto, se entienden incluidos en la pensión de alimentos ordinaria).
Y efectivamente, los viajes escolares tales como excursiones, colonias, viajes de fin de curso... no los va a tener que asumir si no los consiente expresamente.
Para cualquier duda o aclaración, estamos a su disposición.

Laura Solé, abogada
GiS Assessors (Valls)

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ATRESADVOCATS

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Abogado de Reus especializado en Derecho de Familia

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Efectivamente, los libros escolares son considerados como gastos ordinarios, de modo que, si la sentencia que aprobó la pensión por alimentos no establece lo contrario, deben entenderse como un gasto ordinario incluido dentro de dicha pensión. Algunas sentencias distinguen entre gastos ordinarios usuales y no usuales, a fin de poder concretar mejor. Francesc Artero, ATRESADVOCATS. Av. Marià Fortuny, 87, 2º, 43203-Reus.

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Xavier Peris Romero

Abogado de Falset

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Efectivamente, los libros no se consideran gastos extraordinarios a menos que en el Convenio de separación o divorcio se haya establecido expresamente.

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BOMBÍ ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Efectivamente tiene razón y estoy conforme con mis compañeros. Atentamente www.bombi-abogados.es

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