Guarda y custodia, patria potestad, salir al extranjero

Hola,
Necesito informacion para el siguiente contexto:
Divorciado con guarda y custodia y patria potestad para ambos progenitores. Proximo año voy a residir al extranjero por motivos laborales y acabo de enterarme que la madre esta a la espera para denunciar por abandono de obligaciones y solicitar ella patria potestad para llevarse al niño a un tercer pais. A pesar de ser la guarda y custodia compartida soy yo el padre y los abuelos paternos quien normalmente estan criando al menor. Ante esta situacion que me recomiendan legalmente:
1º. ¿Solicitar guarda y custodia, y patria potestad y llevarme al menor?¿Como inicio el procedimiento?
2º. ¿Ceder patria potestad a los abuelos? Aun siendo dificil la situacion, considero esta ultima antes que dejar que la madre lo lleve a la aventura a donde considere, sin casa ni trabajo ni las minimas condiciones.
Quisiera llevarme al menor conmigo pero desconozco que tramites he de iniciar.
Gracias por sus aportaciones.

Respuestas de otros profesionales:
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Mar Domínguez Velo Abogada de Familia

Mar Domínguez Velo Abogada de Familia

Abogado de Coruña especializado en Derecho de Familia

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El traslado de un menor de su domicilio habitual, al ser materia de patria potestad, debe ser consentido por el otro progenitor o, en su defecto, autorizado por el Juzgado que conoció de vuestro procedimiento de divorcio. En caso de discrepancia, lo que debe hacer es presentar una demanda al amparo de artículo 156 del Código Civil y solicitar que el Juzgado le conceda autorización para trasladarse en compañía del menor, a otro país. En dicho escrito, deberá detallar y acreditar, los motivos de su solicitud (por ejemplo, laborales), así como probar que dada la organización familiar llevada a cabo hasta el momento, resulta lo más beneficioso para el menor. De cara a la concesión de la autorización, usted debe tener en cuenta que el menor tiene derecho a seguir relacionándose con el progenitor con el que no conviva habitualmente. Desconozco si el pais al que tiene pensado trasladarse podría permitir un régimen de visitas ordinario o se limitaría a periodos vacacionales, por la distancia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
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Buenos días;
Recomendamos interponer demanda de modificación de medidas interesando la guardia y custodia exclusiva para vd. Para ello deberá acreditar un cambio de circunstancias (fácilmente demostrable si puede acreditar su nueva situación laboral) y que es lo mejor para el menor. La patria potestad seguirá siendo compartida (salvo que concurran circunstancias muy graves que ignoremos). No vemos viable que le encomienden la custodia a los abuelos. Su ex mujer no podrá residir (con el menor) en el extranjero, salvo autorización expresa del Juez (Art. 158.3 CC).
Si precisa más información puede consultar con este despacho, donde estaremos encantados de atenderle.

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Abogado Matrimonialista Madrid Cobos Cardiel Abogados
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Buenos días el trámite a seguir, sería interponer una demanda de modificación de medidas solicitando la guarda y custodia, porque la patria potestad sería compartida salvo que el juez la retire a uno de los progenitores, no consideramos viable la cesión de la patria potestad a los abuelos.
En el procedimiento habría que acreditar tu trabajo en el extranjero y garantizar un buen nivel de vida educativo y formativo al menor.

Quedamos a tu disposición, puedes contactar con nosotros en :

José Antonio Martín Panadero
COBOS CARDIEL Abogados
www.coboscardiel.com

Pº Pintor Rosales, nº 14, 6º Izd
28008-MADRID
Telf.- 91 542 54 89 - Fax.-91 182 03 01

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos dias.
El tema tal y como lo plantea, no se puede responder sin ver antes la documentación del divorcio.
Si usted cree que ella le va a presentar una denuncia, debería adelantarse, solicitando una modificación de medidas, con el fin de conseguir la guarda y custodia, exponiendo las circunstancias de que la madre pretende llevarse al menor a un tercer país.
No obstante, como le indico, para poder asesorarle seria necesario conocer la sentencia, así como los hechos que le llevan a usted a temer que se lleven a su hijo.
Si desea cualquier aclaración, póngase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe solicitar modificación de medidas lo antes posible, si no puede llegar a un acuerdo con su ex-pareja, deberá solicitarlo al Juez. Para ello necesitará en todo caso la intervención de letrado, por lo que cuanto antes concierte los servicios de un profesional del, derecho, antes podrá exponerle el caso e ir tomando decisiones debidamente asesorado. Saludos cordiales.

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Buenos días, en ese caso deberá usted solicitar una demanda de modificación de medidas solicitando la guardia y custodia exclusiva para usted y explicando los motivos por los que se marcha, explicando su sustento económico. Si lo desea podemos concertar una cita en nuestro despacho y estudiar su caso. Un saludo.

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ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
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Buenos días, si tiene usted guarda y custodia compartida y va a residir el próximo año al extranjero por motivos laborales debe instar una demanda de modificación de medidas.
Quedo a su disposición. Un saludo.

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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

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Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

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Con el fin de poder asesorarle adecuadamente necesitariamos ver los documentos y hable con Ud. personalmente, si lo desea puede concertar con nosotros una entrevista personal en el 656398806.

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