Hacernos pareja de hecho

Mi pareja esta preso y queremos hacernos pareja de hecho ¿Qué podemos hacer?

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Abogada divorcios en Las Palmas de Gran Canaria Ana María Lede Martínez
Contestado

El Registro de Parejas de Hecho de Canarias depende de la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana del Gobierno de Canarias, entidad que forma parte de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

Una Pareja de Hecho es la unión estable, libre y pública de dos personas, sin importar el sexo ni la identidad sexual de cada una de ellas, al menos durante doce meses de forma ininterrumpida y que mantienen una relación de afectividad.

Las parejas de hecho se encuentran reguladas en la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho (modificada por la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales) y en su Reglamento de desarrollo aprobado por Decreto del Gobierno de Canarias 60/2004, de 19 de mayo y modificado por Decreto del Gobierno de Canarias 28/2015, de 19 de marzo.
La atención al público en el servicio de Parejas de Hecho se realizará de manera telefónica, previa cita con el número de atención ciudadana 012*, los miércoles en horario de 09.00 a 12.00 horas, con un intervalo de 15 minutos por cita. El personal del Servicio de Parejas de Hecho se pondrá en contacto en el día y a la hora solicitada por la persona interesada.

*El número de teléfono 012 de atención a la ciudadanía del Gobierno de Canarias tiene el coste de una llamada ordinaria de acuerdo con las condiciones de su tarifa de telefonía. Puede conocer dicho coste poniéndose en contacto con su operador telefónico. También puede acceder al servicio a través de los teléfonos 922 470 012 - 928 301 012, cuyo coste es equivalente al de una llamada local, gratuito en una gran parte de los paquetes telefónicos de tarifa plana.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Es una cuestión compleja cuya respuesta no es sencilla, desconociendo si ha habido período previo de convivencia. Tal como ha indicado la compañera, le sugiero se dirija a la Administración Autonómica donde le indicaran la posibilidad de ser pareja d ehecho y los trámites as realizar. Suerte.

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