¿Qué hago después de un recurso de reposición?
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
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Mejor respuesta según autor
La Administración tiene creo que son 30 dias para contestar, si no se entiende desestimado y se puede acudir al procedimiento Contencioso Administrativo.
ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes. La Administración siempre está obligada a contestar. No obstante, en caso que no lo haga en el plazo legal que tiene para hacerlo (un mes) se entendería que habría silencio administrativo negativo, es decir, se entendería desestimada y Usted tendría que interponer, según el procedimiento, un recurso de alzada ante un órgano superior, o bien un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado, éste último, en un plazo máximo de seis meses desde que se entendió desestimado por silencio. En cualquier caso, si desea obtener información sobre la resolución e su recurso, es mejor que acuda al organismo donde lo interpuso para que le den esa información. Si precisa ayuda legal, puede concertar una cita con nosotros. Un saludo
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
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Buenos días, una vez agotada la vía administrativa si no hay contestación a su recurso, se entiende silencio administrativo lo que quiere decir que se entendería el no por respuesta, si quiere recurrir hay que acudir a la vía contenciosa-administrativa e interponer un nuevo recurso. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimiento.
Un saludo, Cristina
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Como le indican mis compañeros, el siguiente paso sería acudir a los tribunales para intentar hacer valer sus derechos frente a los mismos y que revisen la resolución denegatoria, para lo que es muy recomendable que se ponga en contacto con un abogado o solicite le designen uno de oficio si carece de medios, por la complejidad de los trámites judiciales. Saludos cordiales.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Buenas días.
En principio tiene que esperar el plazo que tiene la administración para contestar.
Si no contesta tenemos que comprobar la situación de su expediente, ya que el silencio administrativo puede ser negativo, y en ese caso tiene que interponer un recurso contencioso administrativo.
Si desea cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
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Buenas tardes, la Administración le notificará en la dirección que usted haya hecho constar en su recurso o en la que conste en su expediente, pasados 3 meses sin respuesta puede iniciar el recurso contencioso-administrativo para lo que necesitará abogado. Quedo a su disposición, un cordial saludo.
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
No llevamos ese tipo de asuntos, lo sentimos