He de debunciar a mi ex si no me ha pagado la pension alimenticia
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Lo que debe de hacer es solicitar una ejecución de la sentencia que establecía dicha pensión, procediendo a su actualización y reclamando la parte debida, así como los atrasos de los últimos cinco años, para lo que precisa contar con la ayuda de un abogado pues su intervención es necesaria en juicio,; para quepudiera denunciar por vía penal, se requeriría un incumplimiento mas reiterado. Espero haber sido útil, quedamos a su disposición saludos cordiales.
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
Buenas tardes,
Vd debe denunciar inmediatamente y si es necesario pedir una orden de alejamiento si teme por su integridad física. Existe la posibilidad de que las visitas se puedan hacer por medio de terceros o en los llamados "punts de trobada", no sé si es su caso.
Puede contactar con este despacho, le ayudaremos. Saludos cordiales, Rosa Nieto, abogado, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.
Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández
Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
Puede denunciar a su ex marido por impago de pensiones y también puede acudir a un abogado para presentar demanda de reclamación de la deuda.
Si denuncia a su ex el juez podrá imponerle una multa y si presenta demanda usted podrá recuperar el dinero que su ex le adeuda.
Si lo desea puede solicitar una reunión en el despacho, sin coste alguno, donde le asesoraremos con más detalle.
Un saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que se ponga en contacto con el abogado que le ha llevado el divorcio o la separación y que le explique el asunto, él puede redactar un escrito de ejecución de sentencia en vía civil, ya que en vía penal, se requiere como mínimo que sean dos veces consecutivas la falta de pago de la pensión.
Denunciar por la vía penal solamente tiene sentido si el impago es voluntario, esto quiere decir que tenga ingresos suficientes para ello y que aún así no pague.
De lo contrario, debería reclamarse el impago en la jurisdicción civil.
Quedamos a su disposición.