Sobre heredero universal
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Buenas tardes:
Depende de si el heredero universal falleció después de aceptación y adjudicación de la herencia y los bienes ya estaban a su nombre y no tenía descendientes, ni ascendientes, según lo dispuesto en el Artículo 838 del Código Civil, entonces sí tiene derecho la esposa al usufructo de 2/3 de la herencia si no estaba separada de hecho o judicialmente.
Para más información, puede consultar con este despacho.
Atentamente.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenas tardes, en principio no ya que en primer lugar heredarían los hijos del heredero universal (línea recta descendiente) o en su defecto los hijos de los hermanos del fallecido (línea colateral).
Un saludo.
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