Herencia por discapacidad

Hola! Tengo la siguiente consulta, mi marido tiene una discapacidad psíquica del 69% pero no lo tenemos incapacitado para tomar decisiones.
Si tiene 2 hermanas más (osea que en total son 3 hermanos) y tienen una herencia de la madre que es una casa ( el padre ya falleció también) el podrá recibir la herencia normal? Lo tenemos que incapacitar y que tenga un tutor? Y tendrá los gastos de la herencia normales?? O al ser discapacitado será diferente.

Gracias

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil

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Buenos días.

Si no es capaz de manifestar su voluntad y de entender lo que está haciendo, a juicio del notario, tendrá que actuar mediante representante. Normalmente en la notaría lo examinan, le hacen unas preguntas...etc, y si hay la más mínima duda de que le falta capacidad, no se podrá firmar.

Si no tienen un poder preventivo para actuar en su nombre, con el que también podrían firmar, otorgado cuando esta persona estuviera en plenas facultades para ello (entiendo que no), tendrán que ir al procedimiento de incapacitación, para que acepte mediante representante su parte de la herencia. Si esta persona fuera también heredero y entrara en conflicto de intereses, tendrá que solicitarse nombramiento de defensor judicial para actuar en ese procedimiento en concreto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Hospitalet de Llobregat Juan José Gonzalez Prieto
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Buenos días;

En relación a su consulta, la incapacitación de su marido se debe solicitar por vía judicial, una vez obtenga esa sentencia de incapacitación, el tutor legal que el juez designe, sustituye a su marido, y este puede hacer o deshacer lo que convenga, sobre lo impuestos, en principio el pago es igual que todas las personas, pero se debe mirar caso a caso, si está interesada en que le representemos puede ponerse en contacto con este despacho, gracias.

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Miguel Ángel Valencia de las Heras
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Su marido tendrá que expresar su voluntad o directamente o a través de un curador. En la situación actual, o bien instauran una curatela, ahora mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria; o bien , aunque menos garantista, usted puede actuar como curador de hecho.

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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El tiene derecho a heredar su parte. Otra cosa es como se gestiona su parte o quien la gestiona y como. Nuestra primera visita es gratuita.

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