Ibi local de una empresa en liquidación

Devo pagar el IBI de un local comprado en marzo de una empresa que está en liquidación ?
Me dice el liquidador que hay que prorratear ya que no es una deuda de la concursada que el juez puede decidir que lo pague yo. Que Una cosa es que el impuesto se genere el 1 de enero y otra cosa es que grava el año entero y de 12 meses del año yo lo tendré 9. Es eso cierto es distinto cuando el bien es de una empresa en liquidacion? o la ley se aplica igualmente

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Comparto la respuesta de Tarinas, de igual modo si adquiere un vehículo y lo matricula el 31 de Diciembre, el impuesto de circulación del año, lo paga en su totalidad. Saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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TARINAS GRUP

TARINAS GRUP

Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

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El tributo lo debe pagar el propietario del bien el día 1 de enero, que es el deudor del mismo. Asumir una parte proporcional del año si no se pacta expresamente en la escritura de compraventa no se corresponde.

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QUESNAY KERNEL ABOGADOS

QUESNAY KERNEL ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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No procede liquidar el IBI por el nuevo propietario. Este impuesto debe abonarlo quien tuviese la propiedad a 1 de enero.

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