impago de alquiler
Buenas tardes. Vd puede continuar con la demanda y solicitar el deshaucio de su inquilina por falta de pago de rentas y demás gastos. Dicho deshaucio, se producirá en pocos meses salvo que se acoja a la enervación de la renta, es decir, al abono ante el Juzgado de las rentas dejadas de abonar antes de la fecha de la vista. Si ésto, ya se ha producido, en la su¡iguiente demanda que se imponga sobre los mismo, no se podrá acojer a dicha enervación sino que se producirá el deshaucio. También puede, desistir de la demanda de reclamación de cantidad presentada ante el Juzgado. Estoy a su disposición para cualquier consulta que desee formularnos. Un saludo
La decisión es suya: puede desistir de la demanda presentada en el juzgado, puede continuar con la misma, o bien pueden pedir, de mutuo acuerdo, la suspensión por estar en trámitres de negociación.
Confíe en nosotros para asesorarle en este asunto. Antonio Villanueva Abogados. teléfonos 986891821/615244792; antoniovillanueva@icapontevedra.es
Saludos
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Si tiene usted seria dudas de que el pago se haga efectivo, continue con su pretensión. En caso contrario desista de la demanda presentada. Usted decide, mecanismos existen para una u otra opcion