Impago de bienes gananciales y pension alimenticia

A mii ex marido,le tengo denunciado por no pagarme los bienes gananciales y por impago de pensiony.El y yo vendimos nuestra casa y firmamos la venta y al repartir los cheques,vi que él, se llavaba,80000€ de mas,lo reclame,me dijo que no me iba a dar nada y le denuncie.El juicio se celebro,pero la jueza en el fallo dijo,que ese juicio no era de bienes gananciales,a lo cual apele.Mi ex marido trabaja ilegal(sin dado de alta),de taxista,pero me di cuenta,que cojo abogado de paga para ese juicio e incluso,impugno mi apelación, gastándose una suma de dinero.Él, me debe pensión de mis hijos desde el 2005,ingresando,lo que quiere,como quiere y cuando quiere.El juzgado,no consigue por donde cojer el dinero,para q me abone todo lo que me debe,pero como esta de taxista ilegal y no se el taxi que conduce,pues no se como conseguirá el juzgado,pillarle.Pero alegue al juez,que dejo de pagar completamente la pensión,porque se enfado,ya que se ha gastado mucho dinero por la impugnación de mi apelación.
Yo quería saber,como me lo pagaría todo lo que me debe,ya que el chalet que tiene esta a nombre de su padre,de su hermano y de el.
Vive con su mujer en alquiler y trabaja ilegal.
De donde sacarían el dinero de mi ex marido,el juzgado,si esta así,su situación???
Es condena de prisión dejando de pagar la manutención?
Como le harían pagar todo lo que me debe?
Le denuncie hace 4 años por lo civil y ahora por lo penal
Mis hijos,ahora son mayor de edad,pero esta estudiando y en el 2005 era menor
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Usted tiene varios problemas cruzados entre si, por lo que no resulta fácil poder asesorarla de todo al mismo tiempo.
Por un lado esta la liquidación de los bienes gananciales, que como indica se encuentra en apelación, por lo que habrá que esperar el resultado de la misma, para lo que ya tiene abogado.
Por otro lado, en cuanto a la pensión de alimentos, prescribe a los cinco años, salvo que ya exista la reclamacion y séntencia y la consiguiente ejecución de la sentencia.
Entiendo que para todo ello, ya debe tener contratado,abogado, por lo que mi consejo es que siga sus instrucciones.
Si desea ser atendida en el despacho, para comprobar toda la documentacion, no dude en llámanos.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días, en ese caso en vez de denuncia lo que tendría que interponer es una demanda, pero son varios asuntos lo que usted explica. En cuanto a la pensión de alimentos usted puede reclamar un máximo de 5 años, el resto está prescrito; y en cuanto a los bienes gananciales sería una demanda de reclamación de cantidad. SI le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en el despacho que me explique bien la situación, ver la documental que tiene de otras sentencias y poder estudiar su caso y la viabilidad a la hora de un juicio. Quedo a la espera de sus noticias. Reciba un cordial saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Son muchos y varios los problemas y cuestiones que plantea; por lo que dice seguramente cuenta ya con un abogado que le ha llevado estos asuntos y a quien debe preguntar como conocedor a fondo de los mismos, pues en otro caso, para responderle se requiere un análisis de la situación con cierto rigor, a fin de contestar adecuadamente a sus preguntas, saludos.

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Por lo que cuenta es un caso no complicado pero si largo por lo que habrá que ver la documentación judicial que ya tiene. De momento indicarle que la pensión de alimentos que puede reclamar es de máximo 5 años, lo no reclamado anterior ha prescrito.
Quedamos a su disposición para seguir tratando el tema, siendo gratuita la primera consulta

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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La condena estará fijada en la sentencia de la que Vd habla en su pregunta. por otra parte, Vd. menciona otra deuda, de 80.000€. Para cobrarla deberá demandar a su exmarido.

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