Impago completo de nóminas durante años.

El jefe de mi mujer no le ha pagado diversas nóminas completas correspondientes a meses de los años 2011, 2012 y 2013. ¿Cómo podemos denunciar esta situación? Mi mujer nunca firmó nada referente a los ingresos parciales de las nóminas.

Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO CIVIL PAMPLONA José María Erburu Calvo
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Buenas tardes.
Obviamente, una persona tiene derecho a exigir el pago de las nóminas no abonadas. Dicho esto, hay que estudiar si la acción ha prescrito o no.
Para solicitar las cantidades dejadas de abonar es necesario interponer una demanda de conciliación y posteriormente una demanda judicial. De esta forma, será un Juzgado quien obligue a la empresa a abonar las cantidades. En caso de no hacerlo, se requerirá al Juzgado para que embargue bienes de la empresa para el abono de dichas cantidades. De no tener bienes, se podría percibir estos salarios por parte del FOGASA.
Si lo desea, puede concertar con nosotros una cita escribiéndonos a jmerburu@micap.es
Muchas gracias.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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DESPACHO DE ABOGADOS JESUS IGNACIO AZCONA TABAR
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Los impagos se pueden reclamar judicialmente aunque habría que conocer como se han producido dichos impagos y pagos parciales por si los mismos pudieran estar prescritos o no. Sobre todo porque habría que saber si se pueden imputar los pagos realizados a las cantidades adeudadas o no .
También hay que tener en cuenta que la reiteración en los retrasos de abono de las nóminas da a lugar para el trabajador al derecho de rescindir el contrato con 20 días por año de trabajo de indemnización más los intereses que pudieran corresponder.
JI Azcona

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Abogado Despidos Pamplona - Sernaem Abogados-Consultores
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Para poder reclamar los salarios dejados de percibir es necesario interponer demanda judicial (previamente hay que interponer una demanda de conciliación) para que en base a un sentencia, si la empresa no cumpliera con la misma, embargar bienes y si la empresa no fuera solvente poder percibir esos salarios del FOGASA. No obstante el plazo para reclamar es de un año por lo que habría que estudiar si las cantidades correspondientes a los años 2011 y 2012 están en plazo para reclamarlas.

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