Impago de comunidad por entrada de agua en el piso por medianera.

Tengo un piso con muchas humedades, además me entra agua a través de la medianera con la casa colindante. Pienso que la medianera pertenece a la comunidad, y dicha comunidad no me lo arregla, por lo cual mi piso no está en condiciones de habitarlo. No pago la comunidad desde hace un año y por eso la comunidad me va a llevar al juzgado.

¿Cómo me puedo defender, cómo pruebo que mi piso no esta habitable por la entrada de agua a través de la medianera?. ¿Es una causa justificada para que el juez no me obligue a abonar la deuda de la comunidad?.

Gracias.

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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Si usted considera que la comunidad debe correr con los gastos y perjuicios que le están ocasionando las humedades y no lo hace, usted puede reclamar dichos gastos incluso por vía judicial si fuese preciso. Pero eso en ningún momento le exime de pagar las deudas que usted pueda tener con la comunidad, por lo que si su único motivo para oponerse a pagar es este, saldrá condenado con toda probabilidad. Por ello, la manera de proceder sería pagar la deuda negociando con la comunidad tanto la forma de pago, como el arreglo de su problema. Y si finalmente no logra esto último, tendría que reclamar a la comunidad por vía judicial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Gutiérrez & De Haro

Gutiérrez & De Haro

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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En principio esa que comenta no es una causa justa para dejar de pagar las cuotas, sin embargo, tendría la posibilidad, si le ha reclamado fehacientemente al presidente de la comunidad los perjuicios que le está causando las humedades y si realmente la responsabilidad de la reparación es atribuible a la comunidad, cuando le notifiquen la demanda, ofrecer en la contestación una solución compensatoria o aprovecharla para demandar en ese momento a la comunidad por daños y perjuicios. Un informe pericial es válido para constatar el estado de la vivienda.

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GUILLEN ABOGADOS

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Debe interponer una demanda de reclamación de daños y perjuicios o en obligación de hacer para que la comunidad se haga cargo de los desperfectos que le afectan por los elementos comunes, si bien, nada de esto le faculta para no abonar las cuotas comunitarias

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