Pago de comunidad por parte de los inquilinos

hola, desearía saber si firmando un contrato de alquiler, en el cual conste que la comunidad la tiene que pagar el inquilino, en caso de que el inquilino no pague dicha comunidad, la deuda es del inquilino, o es responsable el propietario.
En el contrato consta que la debe pagar el inquilino, si no la paga, ¿quién es el responsable de esa deuda?
Gracias

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto la tesis de mis compañeros, y con independencia de lo que se haya acordado en el contrato de alquiler, que es ley entre las partes, el obligado a pagar los gastos de la comunidad de propietarios, según la Ley de Proiedad Horizontal es el dueño del piso. Lo adecuado es que el propietario pague los gastos de la comunidad de propietarios, y, luego, conforme al contrato de alquiler, los resperctua sobre el inquilino, si así lo han acordado en el contrato de alquiler, Si el inquilino no paga la comunidad, el responsable de la deuda frente a la comunidad siempre será el propietario.

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GUILLEN ABOGADOS

GUILLEN ABOGADOS

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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La Comunidad de Propietarios le reclamará la deuda al propietario al ser el responsable de su pago frente a la misma,.no obstante, el propietario puede reclamar las cuotas de la comunidad debidas al inquilino en virtud del contrato que tiene suscrito con él, e incluso interponerle una demanda de desahucio por impago e incumplimiento de contrato.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Frente a la comunidad el responsable es el propietario, y a él demandarían.
Por su parte el propietario podrá demandar al inquilino por ese impago, y podría resolverse el contrato y acordarse en procedimiento judicial el desalojo del inquilino por haber dejado de pagar la comunidad, tal y como se había acordado.

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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El responsable es el propietario, que es el obligado frente a la comunidad.

Lo que sí puede hacer el propietario es interponer frente al inquilino una demanda de desahucio por falta de pago.

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Gutiérrez & De Haro

Gutiérrez & De Haro

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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Sólo es responsable el propietario o dueño de la vivienda respecto a la Comunidad, independientemente de lo que se haya acordado con el arrendatario.

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