Impago de créditos: consecuencias
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
Si su acreedor decide plantear una reclamación judicial por falta de pago, el juez puede acordar el embargo de sus bienes. El vehículo, dada su antiguedad y lo escaso de su valor, probablemente no va a ser embargado, ya que no le va a interesar hacerlo al acreedor. Sin embargo, sí le podrían embargar su nómina, si bien el Salario Minimo Interprofesional, es inembargable. Quiere esto decir que los primeros 645,30 euros de su nómina no se los embargarían y de lo que resta hasta los 1000 aproximadamente que dice que percibe, solamente le podrían embargar el 30%, lo que supondría unos 107 euros mensuales que le retirarían de su nómina hasta el completo pago de la deuda. No obstante, el artículo 607.4 LEC, permite que este 30% se rebaje entre un 10 y un 15%, atendiendo a sus cargas familiares, siendo el Secretario Judicial el encargado de minorar dicho porcentaje del 30%. Si su vivienda tiene una hipoteca, se puede embargar también, aunque su acreedor esperará a que dicha hipoteca se cancele para ejecutar el embargo.
Esperamos haberle sido de ayuda.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
lamento su actual situación que espero mejore en breve plazo.
Puede que se inicien trámites judiciales motivados por el impago, de dichos trámites puede derivar el embargo de sus bienes que luego pueden realizarse o no; en el caso del vehículo no parece probable que se subaste por ser de escaso valor.
Si que pueden embargarle lo que tenga en cuentas bancarias, así como retenerle la empresa, si el juez así lo manda, parte de su nómina, teniendo en cuenta una serie de porcentajes y tramos, siendo inembargable el salario mínimo interprofesional.
También puede trabarse embargo sobre la vivienda, aunque al ser la hipoteca anterior y gozar de preferencia en garantía del préstamo, no se realizará la misma por los acreedores, debiendo esperar a que se termine dicha garantía hipotecaria, aunque quedará inscrito el embargo en el registro de la propiedad.
Reitero mis deseos de pronta mejoría, espero haberle sido útil, un cordial saludo.
Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario
Es posible que su acreedor le reclame la deuda judicialmente, en cuyo caso pedira el embargo de sus bienes. Es muy improbable que le embarguen su vehiculo, dado su escaso valor. Si salario es inembargable hasta el importe del salario minimo interprofesional, y el exceso hasta los 1000€ que gana, es embargable en un 30%. En ese caso, le aconsejo contacte con un abogado pues es posible solicitar al Juez una reduccion del embargo en atencion a sus cargas familiares y su precaria situacion economica.
Mas preocupante, es que actualmente no este pagando su hipoteca, pues en este caso el Banco podria sacarla a subasta y desalojarle de la misma, en cuyo caso seria imprescindible que contactara con un abogado, para examinar su situacion y la actuacion a seguir.
Espero haberle orientado y que pueda solucionR satisfactoriamente su situacion.
Buenos días.
En este caso, lo conveniente sería intentar negociar un pago con la entidad acreedora, ya que podría instarse una ejecución y embargarle, añadiéndose además un plus por intereses de demora y costas.
Quedo a su disposición para ello.
Un saludo.
LUIS MIGUEL PARRO PICO