Impago de pensión de alimentos
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Tiene, por lo que dice, pruebas de que no piensa abonar lo que está fijado como pensión de alimentos. Le impondrán una pena que puede ir de tres meses a un año de prisión o multa de seis a 24 meses. Vd., cuando se lo pregunten, debe indicar que reclama por las cantidades que le adeuda y el Juzgado procederá al embargo de bienes. Si no tiene otros, tendrá que embargarle el piso.
Abogada Isabel N. Gimenez Uliaque
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia
Buenos días
Ha hecho Usted lo correcto. Para enterarse de todo lo que le aconsejo es que además del Fiscal, se persone Ud. en el procedimiento con abogado. A él pueden ponerle prisión que puede cumplir si tiene antecedentes, o lo más normal será una multa además de pagar todo lo que debe.
Es fundamental la presentación de wassaps para acreditar la falta de voluntad de pago
si precisa más asesoramiento, puede pedirme una consulta gratuita en mi despacho.
un abrazo