Impago de pensión y desempleo
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
El pago de la pensión de alimentos es de obligado cumplimiento, y si existe un convenio que regula las relaciones paterno filiales, ha de cumplirse, por lo que en caso de impago usted puede reclamarle judicialmente el pago de la pensión de alimentos.
En cuanto al cambio de apellidos, es un procedimiento distinto del anterior, y para llevarlo a cabo tienen que estar de acuerdo ambos progenitores
Para poder aconsejarla debidamente seria necesario tener a la vista el convenio firmado en su día, así como el certificado de nacimiento del niño.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios, no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería
Buenos días,
Si hay una sentencia que establece una pensión de alimentos él padre está en la obligación de pagarla aunque no esté trabajando y puede denunciarle por impago de alimentos.
Dicho lo anterior y dado el total desinterés del padre por su hijo, puede demándarsele para que le sea suspendida la patria potestad, y de esta manera usted tendrá en exclusiva la patria potestad del niño, lo cual no exime al padre del pago de la pensión.
Si lo desea podemos asesorarle en todo el procedimiento.
Un Saludo,
Constanza Suárez
Abogada
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, usted puede demandar por impago de la pensión de alimentos. Puesto que es una obligación que tiene como padre que no puede dejar de pagarla. Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y concertar una cita donde le explicaremos más detalladamente. Reciba un cordial saludo.