Impago de pensiones alimentarias
Buenos días
Contestando a su pregunta, si su pareja tiene deudas y se las reclaman ante un Juzgado, el Juzgado puede disponer el embargo de sus bienes. En este caso, sólo podría embargar la mitad de la vivienda. El hecho de que está pagando usted toda la hipoteca no afecta a la titularidad. El hecho de que pueda embargarse esa mitad no significa que vayan a echarlos, ya que antes hay un proceso en que solamente al final podría pedirse la subasta, y en cualquier caso pagando lo que se debe se levantaría el embargo. Si lo desean les ofrecemos una primera visita gratuíta donde informar con más detalle de todo y ustedes puedan decidir qué van a hacer.
Saludos.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Como bien señalan mis compañeros, si la titularidad de la vivienda es compartida únicamente podrán embargar la parte que le corresponda a su pareja. El embargo siempre es la última opción si no se encuentran nóminas ni cuentas que embargar; pero el simple embargo de la vivienda no implica que la tengan que abandonar. Lo que sí podría ser un problema es si en un futuro desean vender la vivienda y sigue anotado este embargo en el Registro de la Propiedad, porque antes de formalizar la compraventa tendrían que liquidar la deuda. Si necesita más asesoramiento puede contactar con Patón Abogados. Un saludo
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Conforme y coincidente con la respuesta de Doriga Portabella y resto de compañeros coincidentes con su criterio que es también el mío. El embargo solo se puede realizar respecto de la mitad indivisa de la vivienda y habiendo hipoteca vigente, es muy improbable que se realice el embargo, si bien si se renueva su inscripción cada cinco años, puede ser necesario liquidar la deuda si se va a modificar la propiedad del mismo. Saludos cordiales.
Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández
Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
El juzgado podrá embarga le vivienda, pero solo la parte de la que es propietario su pareja. En el supuesto de que el juzgado no encontrará más bienes para embargar y abonar la deuda, podría subastarse la vivienda.
Si su pareja no dispone de otros bienes, podrán embargarle la mitad del piso, pero ello no implica necesariamente que vayan a echarles de allí.
Quedamos a su disposición.
Si su pareja no dispone de otros bienes, podrán embargarle la mitad del piso, pero ello no implica necesariamente que vayan a echarles de allí.
Quedamos a su disposición.