Incumplimiento contrato

soy propietaria de un piso, que alquile el 1 de noviembre, por medio de una agencia, con un contrato de 3años y mínimo de 6meses, el caso es que hace un par de semanas me llamaron de la agencia para comunicarme que los inquilinos habían decidido irse, porque les intentaron entrar en el piso por el patio de luces...le dije a la agencia que mandasen a poner rejas en todas las ventanas que dan al patio de luces, (hace 15años que tengo el piso y a mi nunca me había pasado) el caso es que me dicen que ni rejas ni nada que dejan el piso y que devuelva la fianza (2meses), yo entiendo su situación, pero me discutí con la agencia ya que entonces para que sirve hacer un contrato, en el que no se cumple ni tiempo ni indemnizaciones que debo hacer? la agencia me dice que no puedo hacer nada...muchas gracias

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Buenas tardes,

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, el tiempo mínimo de arrendamiento es de 6 meses, debiendo indemnizar el arrendatario al arrendador si se va antes. Desconozco el contenido del contrato, pero desde luego, por lo que explica la agencia no le da confianza. Nos gustaría ayudarle y asesorarle en este tema, pues necesita un profesional que le oriente en su arrendamiento. Puede contactar con nosotros, podemos ayudarle. Saludos cordiales, Rosa Nieto, abogada, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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Buenos días, usted puede demandar a la agencia por incumplimiento de contrato y solicitar así a su vez que la agencia le abone las cantidades de dichas mensualidades, es decir, hasta un mínimo de 6 meses como pone en el contrato. Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le atenderemos. Reciba un cordial saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Comparto el criterio de Nieto & Sanz, siendo necesario acudir al contrato, a fin de comprobar si se previó la posibilidad legar de resolución a partir de los seis meses y sus consecuencias en cuanto a pérdida de fianza o penalización. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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