¿Tengo que pagar la pensión de mi hija que estudia fuera y tiene independencia económica provisional?
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Respecto del pago de pensiones hay que estar a lo que disponga el convenio regulador, aprobado por el juez en su día. Si usted considera que ya no tiene que pagarle la pensión, hable con el abogado que le tramitó el divorcio o la separación, plantee la cuestión y, en su caso, inste ante el Juzgado una modificación de medidas, no obstante tenga en cuenta que los estudios vienen a considerarse en el concepto amplio de alimentos.
La independencia economica implica un trabajo asalariado que su hija debe tener, que le produzca ingresos suficientes para mantenerse.
Habria que valorar, que uso hace de la cuenta ahorro juvenil y estudiar las aportaciones que ambos progenitores han realizado a la misma.
Tambien se puede valorar si su hija es becada o no para sus estudios.
Y en todo caso pedir una modificacion de medidas, por cambio en las circunstancias economicas.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Al encontrarse estudiando y no trabajar ni obtener ingresos, no es económicamante independiente, ahora bien, dependiendo de su edad y del uso que esté dando a ese importe, puede vd. solicitar una modificación de medidas si en parte se financia con dicho importe, no obstante es preciso un análisis pormenorizado del caso para poder aconsejarle con rigor. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
Si su hija esta estudiando parece evidente que no tiene independencia económica. Desconozco que estudios cursa, pero en todo caso si usted considera que ya no tiene obligación legal de pagar la pensión de alimentos debe usted instar en el Juzgado de Primera instancia competente la correspondiente demanda de modificación de medidas .
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia
Buenos días
Mientras la sentencia en virtud de la cual se acordó el pago de la pensión de alimentos no sea modificada, tiene que seguir pagando.
Por ello mi consejo es que inste una modificación de medidas.
Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar
Reciba un atento y cordial saludo
debe instar modificacion medidas para que a la vista de esto que dice el juez quite la pension de alimentos. se la tiene que suprimir un juez si ni no vale hagalo justifique los ingresos de su hija. MANUELA CRISOSTOMO 686675171
Buenos días,
Si puede demostrar que su hija ya ha alcanzado la independencia económica deberá interponer una demanda para que se modifiquen las medidas acordadas en la sentencia de separación.
Quedamos a su disposición.