Incumplimiento pensión de alimentos ¿deben ser consecutivas para que se reclamen penalmente?

Buenos días.
Mi pregunta es, en caso de ser cuatro meses alternos ¿es obligado para su reclamación vía penal que los meses sean consecutivos?
Es decir, si se contabilizan los meses que no se pasan en general y por tanto no sería viable la vía penal teniendo que demandar ejecución de sentencia. Y, en cualquiera de las dos vías, ¿cuánto tiempo aproximadamente tarda el procedimiento? Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Legal Orbis- Abogados Madrid

Legal Orbis- Abogados Madrid

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes. Efectivamente puede instar tanto la vía penal como la civil. La ventaja de la penal es que puede salirle gratis y su desventaja es que puede que no consiga que condenen a su marido puesto que cabe la posibilidad de que su marido no haya cometido un delito a pesar de no haber pagado. La vía civil le da más garantías de cobrar y en caso de condena en costas también le saldría gratis.
Si tiene alguna duda o necesita alguna aclaración, por favor, contacte con nosotros por cualquier medio, estaremos encantados de atenderle (primera consulta gratuita) y de asesorarle en todo lo que necesite. (Seis ocho cinco cuatro seis dos nueve nueve cuatro)
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Contestado

Da igual que los meses sean alternos. El tiempo de duración del pleito penal depende del juzgado en que caiga, pero en Madrid es bastante lento pudiendo tardar mas de un año, salvo que con la denuncia el contrario se avenga al pago para paralizar el proceso.

Cualquier duda puede ponerse en contacto con nuestro despacho.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogados Royuela y Asociados

Abogados Royuela y Asociados

Abogado de Madrid especializado en Despidos

VER PERFIL
Contestado

En relación a su pregunta le indico que el impago de pensiones de alimentos en tres meses consecutivos o alternos ocasiona la posibilidad de instarlo vía ejecución o en su caso penal. Si desea presupuesto puede contacta el teléfono del formulario.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
RF Abogados

RF Abogados

Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

Buenos días,

No es necesario que sean meses alternos, perfectamente se pueden reclamar los meses 1, 4, 9...

El procedimiento dependerá del Juzgado, pero entorno a 1 año.

Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

ABOGADO HERENCIAS CUENCA - CUEVAS ABOGADOS TESTAMENTOS Y DIVORCIOS

Abogado de Cuenca especializado en Derecho de Familia

Contestado

efectivamente se puede reclamar tanto mensualidades correlativas o salteadas

para mas información contacte con nosotros/as

646982662

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

Contestado

No es necesario que sean consecutivos. En cuanto al tiempo depende del Juzgado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor