¿Prescribe la pensión por alimentos?
Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
Abogado de Cádiz especializado en Derecho de Familia
La reclamacion inicial de la pension de alimentos prescribe a los 5 años. La manera de que no prescriba es que usted reclame antes de que pase ese plazo y ejecute la sentencia por lo civil. Otra opcion es la denuncia penal que lleva consigo la reclamacion civil.
Para aconsejarle mejor que via utilizar es mejor que consulte personalmente con un abogado de confianza al que podra dar mayores detalles que por una consulta web.
Si lo desea estoy a su disposicion en mi despacho de Cadiz.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
La única manera de que no prescriba la reclamación de la pensión de alimentos es interponiendo la demanda antes de que llegue el plazo de los 5 años. Hable mejor con el abogado que le ha llevado la anterior reclamación y él le asesorará al respecto. Un saludo de Patón Abogados, www.patonabogados.com
Tal como le han comentado acertadamente los compañeros, usted tiene derecho a reclamar los últimos cinco años debidos, independientemente de la actitud negativa del padre de su hija.
Un cordial saludo desde Chiclana. Mucha suerte y a su disposición.